Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
22-10-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101022-12

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

12
ORDEN 2063/2010, de 24 de septiembre de 2010, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a las entidades locales y organismos de ellas dependientes para la realización de actividades para los jóvenes y adquisición de equipamiento básico de casas de juventud, locales juveniles y servicios de información juvenil.

Vista la propuesta de concesión de subvenciones elaborada por la Comisión de Valoración de las subvenciones para la realización de actividades para los jóvenes y adquisición de equipamiento básico de casas de juventud, locales juveniles y servicios de información juvenil, al amparo de la Orden 713/2010, de 15 de abril, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 104, de 3 de mayo de 2010) y de acuerdo con lo establecido en la siguiente normativa:

— Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo.

— Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas de la Comunidad de Madrid.

— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se establece el régimen de control interno y contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995.

— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Orden 608/2008/00, de 29 de julio, del Consejero de Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a Entidades Locales de la Comunidad de Madrid y organismos de ellas dependientes para la realización de actividades para los jóvenes y adquisición de equipamiento básico de casas de juventud, locales juveniles y servicios de información juvenil.

— Orden 713/2010, de 15 de abril, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad de Madrid y organismos de ellas dependientes para la realización de actividades para los jóvenes y adquisición de equipamiento básico de casas de juventud, locales juveniles y servicios de información juvenil,

RESUELVO

Primero

Conceder, de conformidad con el artículo 9 de la Orden de Bases Reguladoras 608/2008/00, de 29 de julio, y la Orden 713/2010, de 15 de abril, subvenciones a las entidades relacionadas en el Anexo a la presente Orden, al amparo de la propuesta de concesión elevada por la Comisión de Valoración celebrada el 7 de julio de 2010, así como conceder de conformidad con el artículo 11 de la Orden de Bases Reguladoras, el anticipo a cuenta del 50 por 100 del importe de las cuantías asignadas a las entidades locales de la Comunidad de Madrid y organismos de ellas dependientes que lo hayan solicitado.

Segundo

Proceder a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de las subvenciones concedidas al amparo de la Orden 713/2010, de 15 de abril, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad de Madrid y organismos de ellas dependientes para la realización de actividades para los jóvenes y adquisición de equipamiento básico de casas de juventud, locales juveniles y servicios de información juvenil, a efectos de su notificación a las entidades beneficiarias y a efectos de la publicidad de las subvenciones concedidas.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses o potestativamente, y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el titular de la Consejería de Deportes, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro recurso que estimen oportuno para la defensa de sus derechos.

Madrid, a 24 de septiembre de 2010.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, Ignacio González González.

Ver en documento PDF

(03/38.336/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101022-12