Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
21-10-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101021-5

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 2239/2010, de 28 de septiembre, por la que se crean los ficheros de datos de carácter personal denominados “Becarios” y “Relaciones Institucionales”, y se modifica el fichero de datos de carácter personal denominado “Usuarios”, de la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en su artículo 4 establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal se realizará mediante disposición de carácter general, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y que en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid la aprobación de aquella disposición se hará mediante Orden del Consejero respectivo. En el mismo artículo se establecen los aspectos que se deben indicar en las disposiciones de creación de ficheros de datos de carácter personal, desarrollados por el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 78/2009, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado se encuentra adscrita a la citada Consejería.

Por la presente Orden se crean los ficheros de datos de carácter personal de la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado denominados “Becarios”, con la finalidad de reunir los datos de los solicitantes de las becas de la citada Dirección General para la gestión de la misma y “Relaciones Institucionales”, con la finalidad de reunir los datos de las personas con las que, por su cargo o empleo, se tienen relaciones de carácter institucional o profesional.

Asimismo, por la presente Orden se modifica el fichero de datos de carácter personal denominado “Usuarios”, adscrito a la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado, con la finalidad de adaptarlo a los requerimientos actuales.

La creación y la modificación de estos ficheros cumplen las disposiciones tanto de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, como la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, y el Decreto 99/2002, de 13 de junio, por el que se regula el procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal.

La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Por cuanto antecede, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio,

DISPONGO

Artículo 1

Creación de ficheros

Se crean los ficheros de datos de carácter personal “Becarios” y “Relaciones Institucionales”, adscritos a la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el ­Estado, que se regulan en el Anexo I de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Modificación de fichero

Se modifica el fichero de datos de carácter personal “Usuarios”, adscrito a la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado, que se regula en el Anexo II de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

Artículo 3

Medidas de seguridad

En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en los ficheros que se crean, así como en el fichero que se modifica, se dará cumplimiento a lo previsto por el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de septiembre de 2010.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: BECARIOS.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, ­rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, ­Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Nombre y descripción del fichero: BECARIOS.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica, número de Seguridad Social/mutualidad, nombre y apellidos, dirección.

— Otros tipos de datos: datos académicos y profesionales.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: REUNIR LOS DATOS DE LOS SOLICITANTES DE LAS BECAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS EUROPEOS Y COOPERACIÓN CON EL ESTADO PARA LA GESTIÓN DE LA MISMA.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: CIUDADANOS Y RESIDENTES. ESTUDIANTES. SOLICITANTES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.

Fichero: RELACIONES INSTITUCIONALES.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, ­rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, ­Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Nombre y descripción del fichero: RELACIONES INSTITUCIONALES.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica, número de Seguridad Social/Mutualidad, nombre y apellidos, dirección.

— Otros tipos de datos: Datos académicos y profesionales.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: ­PERSONAS CON LAS QUE POR SU CARGO O EMPLEO SE TIENEN RELACIONES DE CARÁCTER INSTITUCIONAL O PROFESIONAL.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos:

— CIUDADANOS Y RESIDENTES. ESTUDIANTES. SOLICITANTES.

— Otros colectivos: PERSONAL DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EXTRANJERAS, UNIVERSIDADES, PROFESORES, PARTICULARES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— El propio interesado o su representante legal, Registros Públicos.

— Otras personas físicas, entidad privada, fuentes accesibles al público, Administraciones Públicas.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHEROS

Fichero: 2052870002 USUARIOS.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, ­rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, ­Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Nombre y descripción del fichero: USUARIOS.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica, número de Seguridad Social/mutualidad, nombre y apellidos, dirección.

— Otros tipos de datos: datos académicos y profesionales.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: ­GESTIONAR USUARIOS Y SERVICIOS DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN EUROPEA (SERVICIO DE ALERTA, SESIONES FORMATIVAS, RESUMEN DE PRENSA ETCÉTERA) COMUNICAR POSIBLES MODIFICACIONES DE LOS SERVICIOS Y REALIZAR ESTADÍSTICAS.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: CIUDADANOS Y RESIDENTES. ESTUDIANTES. SOLICITANTES.

(03/38.349/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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