Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
19-10-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101019-168

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

168
Ejecución 178 de 2010

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial por sustitución del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 178 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Antonia Jareño del Olmo y doña María del Carmen Orellana Luna, contra la empresa “Piqueras Correy Conserjes, Ordenanzas, Limpiezas y Jardinería, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar ejecución de la sentencia de 17 de septiembre de 2009 a favor de las ejecutantes doña María Antonia Jareño del Olmo y doña María del Carmen Orellana Luna, frente a “Piqueras Correy Conserjes, Ordenanzas, Limpiezas y Jardinería, Sociedad Limitada”, por un principal de 31.978,56 euros de principal, de los que 18.572,20 euros corresponden a doña María Antonia Jareño del Olmo y 13.406,36 euros a doña María del Carmen Orellana Luna, más 3.197,85 euros y 3.197,85 euros calculados provisionalmente en concepto de costas e intereses.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Juan José del Águila Torres.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Piqueras Correy Conserjes, Ordenanzas, Limpiezas y Jardinería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.793/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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