Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
15-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101015-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

210
Ejecución 42 de 2008

Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 42 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Galán Martín, doña Ana María Capilla Sáez Márquez, doña Laura Sáez Márquez, don Ángel Pablo Mora Úbeda y doña Rocío Romero Sánchez, contra la empresa “Subot, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo: Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial, habiéndose subrogado en la cantidad de 11.808,08 euros respecto de doña Rocío Romero Sánchez, en la cantidad de 2.428,36 euros respecto de doña Laura Sáez Márquez, en la cantidad de 2.132,25 euros respecto de doña Ana María Capilla Márquez, en la cantidad de 15.258,60 euros respecto de don Ángel Pablo Mora Úbeda y en la cantidad de 1.972,21 euros respecto de don Raúl Galán Martín.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento, que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Subot, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de septiembre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.446/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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