Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
14-10-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101014-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

132
Demanda 782 de 2010

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 782 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Consuelo Amo Barrero y don Alfonso Rubio Gil, contra la empresa “Ningirsu, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado las siguientes resoluciones:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Alfonso Rubio Gil y doña Consuelo Amo Barrero, debo condenar y condeno a “Ningirsu, Sociedad Limitada”, y don Estanislao Pan de Alfaro a abonar a la parte actora la cuantía de 6.348,85 euros a favor de don Alfonso Rubio Gil y 4.910,94 euros a favor de doña Consuelo Amo Barrero en concepto de salario, así como el 10 por 100 en concepto de mora. Y que debo absolver y absuelvo a Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Auto de aclaración, cuyo fallo es:

Que estimando la demanda interpuesta por don Alfonso Rubio Gil y doña Consuelo Amo Barrero, debo condenar y condeno a “Ningirsu, Sociedad Limitada”, y don Estanislao Pan de Alfaro, en calidad de administrador concursal, a abonar a la parte actora la cuantía de 6.348,85 euros a favor de don Alfonso Rubio Gil y 4.910,94 euros a favor de don Consuelo Amo Barrero en concepto de salario, así como el 10 por 100 en concepto de mora. Y que debo absolver y absuelvo a Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ningirsu, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.085/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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