Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
12-10-2010

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101012-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “UTE VEA” y representantes legales de los trabajadores (PCM-0468/2010).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 7 de septiembre de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM-0468/2010.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del jueves 12 de agosto de 2010.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Arturo Esteban Morales.

Vocal: Don Carlos González López.

Vocal: Don José Ignacio Rodríguez Martín.

Vocal: Doña Desiree Moreno Urda.

Secretaria: Doña Encarnación Cazorla Aparicio.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha lunes 9 de agosto de 2010, para conocer el expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Francisco Javier Vara Martín, en calidad de director.

Don José María González Pretel, en calidad de asesor.

“UTE Vea”, domiciliada en la calle Dolores, número 16, bajo, Madrid.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Doña Rosa Palomar Cepa, en calidad de representante FTCM de UGT Madrid.

Don Fernando Fernández Calvo, en calidad de representante FTCM de UGT Madrid.

Doña Amaya Amilibia Ortiz, en calidad de representante FSC de CCOO Madrid.

Doña Ana María Zurdo Fernández, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Francisco José Dionisio Gallardo, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Alberto Durán González, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Aurora Muñoz García, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Catalina Rueda Redondo, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por doña Rosa Palomar Cepa, como secretaria regional del Sector de Carreteras y Urbanos de TCM-UGT Madrid

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. La empresa readmite a la trabajadora despedida, doña Eugenia Pillado Nebra, dejando sin efecto el despido de fecha 28 de julio de 2010.

2. Por los hechos imputados a la citada trabajadora en la carta de 28 de julio de 2010, la empresa le impone una sanción de cinco días de empleo y sueldo, que se hará efectiva entre los días 6 y 10 de septiembre, ambos inclusive. Los representantes sindicales mantendrán una reunión con la trabajadora con el fin de que esta sanción no se recurra.

3. En virtud del presente acuerdo el sindicato UGT se compromete a no convocar la huelga prevista en el presente expediente.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el Juez o Tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las once y cinco horas del día de hoy.—La secretaria (firmado).

(03/35.380/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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