Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
09-10-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101009-48

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

48
Demanda 635 de 2010

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 635 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Federico Marino Bedón Sánchez, don Antonio Cañizares García, don Andrés Bravo Casallo, don Ioan Maguta, don Wílliam Valencia Guerrero, don Elso Jiménez Mejía, don José Villanueva Calleja, don José Galiano Cañizares, don Antonio Ojero Jiménez, don Diego Damián Castilla, doña Yolanda Cañizares García y doña María Ángeles Vega Hipólito, contra Fondo de Garantía Salarial y “Transportes Cañizares Caballero, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo contenido es del tenor siguiente:

Sentencia número 536 de 2010

En Madrid, a 16 de julio de 2010.—Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre don Federico Marino Bedón Sánchez, don Andrés Bravo Casallo, don Ioan Maguta, don Antonio Cañizares García, don Wílliam Michael Valencia Guerrero, don Elso Erminio Jiménez Mejía, don José Villanueva Calleja, don José Galiano Cañizares, don Antonio Ojero Jiménez, don Diego Damián Castilla, doña Yolanda Cañizares García y doña María Ángeles Vega Hipólito, como demandantes, y “Transportes Cañizares Caballero, Sociedad Limitada”, como demandada, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Federico Marino Bedón Sánchez, don Andrés Bravo Casallo, don Ioan Maguta, don Antonio Cañizares García, don Wílliam Michael Valencia Guerrero, don Elso Erminio Jiménez Mejía, don José Villanueva Calleja, don José Galiano Cañizares, don Antonio Ojero Jiménez, don Diego Damián Castilla, doña Yolanda Cañizares García y doña María Ángeles Vega Hipólito, como demandantes, contra “Transportes Cañizares Caballero, Sociedad Limitada”, como demandada, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de don Federico Marino Bedón Sánchez, don Andrés Bravo Casallo, don Ioan Maguta, don Antonio Cañizares García, don Wílliam Michael Valencia Guerrero, don Elso Erminio Jiménez Mejía, don José Villanueva Calleja, don José Galiano Cañizares, don Antonio Ojero Jiménez, don Diego Damián Castilla, doña Yolanda Cañizares García y doña María Ángeles Vega Hipólito, acordado con efectos del día 12 de abril de 2010, así como se declara resuelta la relación laboral mantenida por las partes, condenando a la empresa demandada a que indemnice a los actores en las siguientes cantidades:

A don Federico Marino Bedón Sánchez: 4.574,88 euros.

A don Andrés Bravo Casallo: 56.721,83 euros.

A don Ioan Maguta: 11.790,90 euros.

A don Antonio Cañizares García: 61.170,75 euros.

A don Wílliam Michael Valencia Guerrero: 13.666,73 euros.

A don Elso Erminio Jiménez Mejía: 16.078,50 euros.

A don José Villanueva Calleja: 3.215,70 euros.

A don José Galiano Cañizares: 59.526,38 euros.

A don Antonio Ojero Jiménez: 33.764,85 euros.

A don Diego Damián Castilla: 29.477,25 euros.

A doña Yolanda Cañizares García: 21.199,73 euros.

A doña María Ángeles Vega Hipólito: 15.496,88 euros.

Cantidades correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por los trabajadores hasta la fecha de la presente resolución, 16 de julio de 2010, así como debo condenar y condeno al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido que se declara improcedente hasta la fecha de la presente sentencia, y que ascienden a las siguientes cantidades:

A don Federico Marino Bedón Sánchez: 4.111,38 euros.

A don Andrés Bravo Casallo: 7.910,63 euros.

A don Ioan Maguta: 6.502,86 euros.

A don Antonio Cañizares García: 7.980,70 euros.

A don Wílliam Michael Valencia Guerrero: 5.502,86 euros.

A don Elso Erminio Jiménez Mejía: 6.502,86 euros.

A don José Villanueva Calleja: 6.502,86 euros.

A don José Galiano Cañizares: 7.980,70 euros.

A don Antonio Ojero Jiménez: 6.502,86 euros.

A don Diego Damián Castilla: 6.502,86 euros.

A doña Yolanda Cañizares García: 3.008,46 euros.

A doña María Ángeles Vega Hipólito: 3.008,46 euros.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes Cañizares Caballero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de septiembre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.788/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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