Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
07-10-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101007-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

URBANISMO

62
Estudio de Detalle UE-1 Sector UE-107, Valdelarcipreste

Por decreto emitido con fecha 6 de septiembre de 2010, por el alcalde, don Pablo José Rodríguez Sardinero, se ha dispuesto lo siguiente:

Primero.—Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle promovido por don Lorenzo Manteca Fernández, en representación de la sociedad “Adrisa Siete, Sociedad Limitada”, por el que se definen los volúmenes edificables mediante la fijación de los parámetros de edificabilidad, ocupación máxima de parcela y área de movimiento de la edificación, aplicable a las parcelas T-1 y T-2, segregadas de la parcela que conforma la Manzana T en su delimitación contenida en el Plan de Sectorización de la UE-1 del Sector UE-107 “Valdelarcipreste” y su proyecto de reparcelación, manzana a la que se ciñe el ámbito del Estudio de Detalle.

Segundo.—Someter dicho expediente al trámite de información pública mediante la inserción de anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia y en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento de Arganda del Rey, durante el plazo de veinte días hábiles, para exposición del expediente y deducción de alegaciones, en su caso, y notificación personal al representante legal de la Junta de Compensación de la UE-107.

Lo que se expone a información pública para general conocimiento, estando el expediente de manifiesto en la Gerencia Municipal de Urbanismo, sita en avenida del Cañal, número 44, de manera que cuantas personas se consideren interesadas puedan alegar lo que a su derecho convenga, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin que contra este acto se pueda interponer recurso alguno, por ser un acto de trámite que no decide el fondo del asunto ni determina la imposibilidad de continuar el procedimiento, de conformidad con el artículo 107 de la Ley 30/1992.

Arganda del Rey, 2010.—El alcalde-presidente, Pablo José Rodríguez Sardinero.

(02/9.863/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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