Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
06-10-2010

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101006-93

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

93
Procedimiento abreviado 590 de 2010

Doña Ana María Noriega Tamboleo, secretaria judicial del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 29 de Madrid.

Por medio del presente hago saber:

Diligencia de ordenación de la secretaria doña Ana María Noriega Tamboleo.—En Madrid, a 1 de septiembre de 2010

Antecedentes de hecho:

Primero.—Por el procurador don Antonio Barreiro-Mairo, en nombre y representación del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid, se presentó escrito formulando recurso contencioso-administrativo contra la Comunidad de Madrid sobre materia de personal.

Fundamentos de derecho:

Primero.—Examinada de oficio la validez de la comparecencia en el escrito presentado, y apreciada la jurisdicción y competencia objetiva de este órgano judicial, procede la admisión de la demanda, tramitándose el presente recurso por las normas del procedimiento abreviado.

Segundo.—De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 78 de la LJCA, admitida la demanda, el secretario judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada para que remita el expediente administrativo con, al menos, quince días de antelación del término señalado para la vista. En el señalamiento de las vistas se atenderá a los criterios establecidos en el artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Tercero.—En orden a la realización de la prueba, la misma deberá proponerse y practicarse en el acto del juicio, debiendo comparecer las partes con los medios de prueba de que intenten valerse.

Las partes podrán solicitar el auxilio del órgano judicial, solicitando, con la debida antelación, las citaciones, requerimientos u otras actuaciones que consideren oportunas, sin que ello implique la admisión de la prueba, que se resolverá en el acto del juicio.

Solo se suspenderá la vista cuando alguna prueba no pueda practicarse en la misma, sin mala fe por quien tenga la carga de aportarla, señalando el secretario judicial competente en el acto, y sin necesidad de nueva notificación, el lugar, día y hora en que deba reanudarse.

Parte dispositiva:

Acuerdo

Admitir la demanda interpuesta por el procurador don Antonio Barreiro-Mairo, en nombre y representación del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid, contra la Comunidad de Madrid, sobre materia de personal.

Tramitar el presente recurso por las normas del procedimiento abreviado del artículo 78 de la LJCA.

Tener por personado y parte al letrado-procurador don Antonio Barreiro-Mairo en nombre y representación de la parte recurrente en virtud del poder general para pleitos que aporta.

Dar traslado a la Administración demandada del escrito de demanda y documentos presentados por la parte recurrente, requiriéndole que remita el expediente administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 48.4 de LJCA, con, al menos, quince días de antelación del término señalado para la vista, debiendo notificar en los cinco días siguientes la resolución por la que se acuerde su remisión a cuantos aparezcan como interesados en el expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

Dicha notificación deberá efectuarse conforme al artículo 49.1 de LJCA.

Citar a las partes para la celebración de la vista que tendrá lugar el día 31 de octubre de 2012, a las nueve cuarenta y cinco horas, en la sala de vistas de este Juzgado, sita en paseo General Martínez Campos, de Madrid, haciendo saber a las partes que si el recurrente no comparece se le tendrá por desistido del recurso y se le condenará en costas; y si no comparece la Administración demandada, continuará la vista en su ausencia, con las prevenciones, en orden a la realización y desarrollo de la prueba, recogidas en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución.

Y de conformidad con lo establecido en el artículo 47.1 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, procédase a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la interposición del presente recurso contencioso-administrativo.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

Esta diligencia cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este mismo Juzgado. Será necesario para la admisión de este recurso la consignación del depósito de 25 euros, que exige la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre), en la cuenta de consignaciones de este Juzgado número 3943, de “Banesto”.

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva la presente notificación a los interesados en el presente procedimiento de la anterior resolución, expedido la presente en Madrid, a 1 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.107/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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