Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
06-10-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101006-326

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

326
Ejecución 219 de 2010

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 219 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vasile Bogdan Stegarescu, contra la empresa “Mupibel Montaje y Mtto. Industrial, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, don Vasile Bogdan Stegarescu, frente a “Mupibel Montaje y Mtto. Industrial, Sociedad Limitada”, en ejecución de la sentencia de fecha 30 de abril de 2010, por un importe de 16.087,50 euros (que corresponden 2.437,50 euros a indemnización y 13.650 euros a salarios de tramitación) de principal, más 1.700 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mupibel Montaje y Mtto. Industrial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 1 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.564/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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