Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
01-09-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100901-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

129
Demanda 615 de 2010

Doña Margarita Martínez Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 615 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Valverde del Monte y Puente, contra la empresa “Aquaria Grupo Hotelero, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Luis Valverde del Monte y Puente, frente a la empresa “Aquaria Grupo Hotelero, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado por la empresa al demandante con efecto del día 22 de marzo de 2010, declarando resuelta la relación laboral, y condenando a la demandada a que indemnice al demandante en la cantidad de 4.500 euros y salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la de notificación, de la sentencia a razón de 100 euros diarios.

Que debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los supuestos y con los límites del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aquaria Grupo Hotelero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID BOLETÍN.

En Madrid, a 20 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.740/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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