Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
24-08-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100824-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

96
Demanda 461 de 2010

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 461 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Francisco Cuevas San Andrés, don David López González y don Ionel Danut Bigan, contra la empresa “Rosicar Vallecas Motor, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 26 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por los actores frente a la empresa “Rosicar Vallecas Motor, Sociedad Limitada”, declaro nulos los despidos de los actores. Asimismo, declaro extinguidas con fecha de esta resolución, las relaciones laborales existentes entre la empresa y los trabajadores demandantes, con la obligación de la citada empresa de abonar a dichos trabajadores las siguientes cantidades en concepto de indemnización, así como los salarios dejados de percibir desde el día en que tuvo lugar el despido (28 de febrero de 2010) hasta la fecha de hoy:

Para don David López González: 19.415,03 euros por indemnización y 5.212,56 euros por salarios de tramitación.

Para don Antonio Francisco Cuevas San Andrés: 6.201,94 euros por indemnización y 4.450,36 euros por salarios de tramitación.

Para don Ionel Danut Bigan: 3.946,69 euros por indemnización y 4.450,36 euros por salarios de tramitación.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial, se declara su deber de estar y pasar por lo anterior, sin que haya lugar a emitir pronunciamiento alguno referido a su relación jurídico-material con la parte actora, aún no nacida, y que deberá debatirse en ulterior proceso que, en su caso, pueda suscitarse entre ellos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rosicar Vallecas Motor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.885/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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