Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
11-08-2010

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100811-100

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

100
Ordenanza creación ficheros de datos de carácter personal

Se hace público para general conocimiento que una vez finalizada la información pública a la que se ha sometido el expediente y emitido el informe favorable de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, el Pleno, en sesión de 15 de julio de 2010, ha aprobado definitivamente la ordenanza por la que se crean los ficheros con datos de carácter personal del Patronato Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, que es del siguiente tenor:

ORDENANZA POR LA QUE SE CREAN FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DE POZUELO DE ALARCÓN

La existencia de ficheros de carácter personal y los avances tecnológicos, singularmente los informáticos, suponen posibilidades de intromisión en el ámbito de la privacidad e intimidad, así como de limitación y vulneración del derecho a la autodisposición de las informaciones que son relevantes para cada persona. Por ello, el ordenamiento jurídico reconoce derechos en este campo y establece mecanismos para su garantía. El artículo 18 de la Constitución española reconoce como derecho fundamental el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y establece que “la Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”. El Tribunal Constitucional, interpretando este artículo, ha declarado en su jurisprudencia, y especialmente en sus sentencias 290 de 2000 y 292 de 2000, que el mismo protege el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal, otorgándole una sustantividad propia. Este derecho ha sido denominado por la doctrina como “derecho a la autodeterminación informativa” o “derecho a la autodisposición de las informaciones personales” y que, cuando se refiere al tratamiento automatizado de datos, se incluye en el concepto más amplio de “libertad informativa”.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger este derecho fundamental.

Es responsabilidad de las Administraciones Locales lo concerniente a la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas solo podrán hacerse por medio de disposición de carácter general publicada en el diario oficial correspondiente.

De conformidad con el artículo 41.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el artículo 2 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, la Corporación Local en materia de protección de datos queda bajo el ámbito de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. En estos términos, de acuerdo con el artículo 4 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, de Regulación del Procedimiento de Elaboración de Disposición General de Creación, Modificación y Supresión de Ficheros que contienen Datos de Carácter Personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, las Corporaciones Locales crearán, modificarán y suprimirán sus ficheros mediante la correspondiente ordenanza municipal, o cualquier otra disposición de carácter general, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y, en su caso, en la legislación autonómica.

Artículo 1.o Creación de ficheros.—Se crean los ficheros de datos de carácter personal relacionados en el anexo I.

Art. 2.o Medidas de seguridad.—Los ficheros automatizados que por la presente ordenanza se crean cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Art. 3.o Publicación.—De conformidad con el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se ordena que la presente ordenanza sea publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Art. 4.o Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Creación de ficheros

Fichero: CONTROL DE PRESENCIA CULTURA.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Nombre y descripción del fichero: CONTROL DE PRESENCIA CULTURA.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

Medidas de seguridad: medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: datos de carácter identificativos: DNI/NIF, nombre y apellidos, firma/huella.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: control de presencia de empleados mediante la huella digital.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: empleados.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se prevén cesiones.

Fichero: SELECCIÓN CULTURA.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Nombre y descripción del fichero: SELECCIÓN CULTURA.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: mixto.

Medidas de seguridad: medidas de nivel alto.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Otros datos especialmente protegidos: salud. Datos de carácter identificativos: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen/voz.

— Otros tipos de datos: datos de características personales, datos de circunstancias sociales, datos académicos y profesionales, datos de detalle de empleo.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: gestión de las pruebas selectivas según las bases de la convocatorias de plazas.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: solicitantes.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se preveen cesiones.

Fichero: SERVICIO DE INFORMACIÓN CULTURAL.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Nombre y descripción del fichero: SERVICIO DE INFORMACIÓN CULTURAL.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: mixto.

Medidas de seguridad: medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativos: nombre y apellidos, dirección, teléfono u otros datos de carácter identificativos: correo electrónico.

— Otros tipos de datos: datos de características personales.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: envío de información cultural de actividades promovidas por el Patronato de Cultura.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: solicitantes.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se prevén cesiones.

Fichero: TALLERES CULTURA.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Nombre y descripción del fichero: TALLERES CULTURA.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: mixto.

Medidas de seguridad: medidas de nivel alto.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Otros datos especialmente protegidos: salud. Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono. Otros datos de carácter identificativos: correo electrónico.

— Otros tipos de datos: datos de características personales, datos económicos, financieros y de seguros, datos de detalles de empleo.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: tramitación de solicitudes de matriculación y gestión y administración de talleres organizados por el Patronato, incluyendo la gestión de bonificaciones para discapacitados.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: ciudadanos y residentes.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se prevén cesiones.

Fichero: PERSONAL CULTURA.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Nombre y descripción del fichero: PERSONAL CULTURA.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: mixto.

Medidas de seguridad: medidas de nivel alto.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos especialmente protegidos: afiliación sindical. Otros datos especialmente protegidos: salud. Datos relativos a infracciones: datos relativos a infracciones penales, infracciones administrativas. Datos de carácter identificativos: DNI/NIF, número de la seguridad social/mutualidad, número de registro de personal, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen/voz.

— Otros tipos de datos: datos de características personales, datos académicos y profesionales, datos de detalles de empleo, datos de circunstancias sociales, datos económicos, financieros y de seguros.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: gestión de recursos humanos.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: empleados.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: organismos de la Seguridad Social, Hacienda Pública y Administración Tributaria, otros órganos de la Administración Local, sindicatos y juntas de personal, bancos, cajas de ahorro y cajas rurales.

Fichero: ESCUELA MÚSICA Y DANZA.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Nombre y descripción del fichero: ESCUELA MÚSICA Y DANZA.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: mixto.

Medidas de seguridad: medidas de nivel alto.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Otros datos especialmente protegidos: salud. Datos de carácter identificativos: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, otros datos de carácter identificativo: correo electrónico.

— Otros tipos de datos: datos de características personales, datos académicos y profesionales, datos económicos, financieros y de seguros, datos de detalles de empleo.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: tramitación de las solicitudes de matrícula y gestión y administración de las clases de música y danza, incluyendo la gestión de bonificaciones para discapacitados.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: ciudadanos y residentes.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se prevén cesiones.

Fichero: GESTIÓN CULTURA.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón.

Nombre y descripción del fichero: GESTIÓN CULTURA.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: mixto.

Medidas de seguridad: medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativos: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono.

— Otros tipos de datos: datos de información comercial, datos económicos, financieros y de seguros, datos de transacciones de bienes y servicios.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: gestión económica, contable, administrativa y financiera.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: proveedores.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal, registros públicos, entidad privada, Administraciones Públicas.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: Hacienda Pública y Administración Tributaria, bancos, cajas de Ahorro y cajas rurales.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, señalándose que contra el precedente acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en caso de disconformidad puede interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46 de la última de las Leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente.

Pozuelo de Alarcón, a 27 de julio de 2010.—La secretaria general del Pleno [resolución de 16 de septiembre de 1999, “Boletín Oficial del Estado” número 232, de 28 de septiembre de 1999, y disposición adicional quinta a) de la Ley 57/2003, de 17 de diciembre], Elvira M. C. García García.

(03/31.156/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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