Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
06-08-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100806-298

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

298
Ejecución 260 de 2009

Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 260 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Teodora Rodríguez Menor, contra la empresa “Gespro Outsourcing, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Guadalajara, a 28 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo sobre los siguientes bienes de la ejecutada, empresa “Gespro Outsourcing, Sociedad Limitada”, hasta cubrir el importe del principal de 854,56 euros, más 170,90 euros de intereses y costas que se han calculado provisionalmente, lo que hace un total de 1.025,46 euros:

Los salados existentes en las siguientes cuentas de las que es titular la ejecutada:

1) Cuenta en “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba”, número 2004/0805/ 13/3300001775.

2) Cuentas en “Caixa D’Estalvis i Pensions de Barcelona”, número 2100/3737/04/22 00126427 y número 2100/3737/03/2200118103.

Líbrense oficios para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen hasta cubrir el importe total a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (“Banesto”, entidad 0030/, sucursal 1050, cuenta número 2178/0000/64/0260/09).

Asimismo, requiérase la aportación del extracto de las cuentas corrientes, de las cartillas y otros análogos que pudiera tener la ejecutada a la fecha.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Para la interposición del mismo por quien no sea trabajador ni goce del derecho a asistencia jurídica gratuita, será precisa la consignación como depósito de 25 euros que deberán ser ingresados en la cuenta de este Juzgado en la entidad “Banesto”, calle Mayor, número 12, de Guadalajara, cuenta expediente número 2178/0000/00 (clave procedimiento) 0000 (número de procedimiento) 00 (año. Por la parte recurrente, en su caso, deberá aportarse resguardo acreditativo de dicho ingreso en cuyo número, en el campo “Concepto”, figure que se trata de recurso de reposición, seguido del código número 30 (Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre).

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don José Eduardo Martínez Mediavilla, magistrado-juez de los social, de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gespro Outsourcing, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 28 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.467/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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