Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
05-08-2010

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100805-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BATRES

RÉGIMEN ECONÓMICO

40
Tasa por prestación del servicio de abastecimiento de agua

El Pleno, de fecha 15 de julio de 2010, ha aprobado el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar provisionalmente la imposición de la tasa por prestación del servicio de abastecimiento de agua a la urbanización de “Cotorredondo” y la ordenanza fiscal reguladora de la misma, texto que consta en el expediente.

Segundo.—Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptivas, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.—En el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado, el acuerdo de aprobación provisional devendrá definitivo en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Cuarto.—La presente ordenanza no podrá entrar en vigor hasta una vez esté firmado el convenio de gestión técnico-comercial para el abastecimiento de agua a la urbanización “Cotorredondo”, y se aprueben las correspondientes cuotas suplementarias por la Comunidad de Madrid y se publiquen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tal y como establece el convenio en su estipulación 36.

En Batres, a 20 de julio de 2010.—El alcalde, José María Henche García.

(03/30.144/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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