Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
04-08-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100804-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

208
Demanda 420 de 2010

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 420 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Olga Ortega Amaya, contra las empresas “Forjados Estructuras Vicente, Sociedad Limitada”, y “Entablados y Forjados de Estructuras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Olga Ortega Amaya, frente a “Forjados Estructuras Vicente, Sociedad Limitada”, y “Entablados y Forjados de Estructuras, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora, y, en consecuencia, condeno a las empresas demandadas, solidariamente, a la inmediata readmisión de la actora o, a elección de aquellas, a que le indemnicen con la suma de 18.589,50 euros, y en ambos casos, al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución a razón de 55,08 euros/día.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Forjados Estructuras Vicente, Sociedad Limitada”, y “Entablados y Forjados de Estructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.170/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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