Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100727-156

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

156
Delimitación gráfica del distrito Centro

No habiéndose presentado reclamación alguna a la aprobación de rectificación inicial de rectificación de error material relativo a la rectificación de error material relativo a la delimitación gráfica del distrito Centro de Alcobendas, aprobada por el Pleno municipal en sesión celebrada el 23 de febrero de 2010, y habiendo transcurrido el plazo establecido en el artículo 65.2) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, de 2 de abril, ha quedado definitivamente aprobado dicho acuerdo conforme establece el artículo 49, entrando en vigor el día de la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

Rectificar el error material, conforme establece el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recogido en delimitación gráfica del ámbito del distrito Centro, reflejada en el plano Anexo al Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Alcobendas, aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 29 de septiembre de 2009 (publicado el 28 de diciembre de 2009 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID). El error consiste en la no inclusión dentro del distrito Centro de la parcela situada en Avenida Olímpica, número 14, confluencia con la calle Francisca Delgado, correspondiente al equipamiento público “La Esfera-Casa de las Asociaciones”. La subsanación del error dará lugar a la inclusión a la delimitación gráfica recogida en el Anexo.

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Alcobendas, a 7 de julio de 2010.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/28.741/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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