Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
16-07-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100716-148

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

148
Ejecución 110 de 2010

Doña Amparo Sánchez Lidón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 110 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Pérez García, contra la empresa “Jecarmitrans, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrado-juez señor don José María Reyero Sahelices.—En Madrid, a 2 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, don Alberto Pérez García, frente a “Jecarmitrans, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 6.488,77 euros en concepto de principal, más otros 583,98 euros y 648,87 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Decreto

Secretaria judicial, doña Amparo Sánchez Lidón.—En Madrid, a 2 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo de los saldos de las cuentas corrientes de las que sea titular la ejecutada en la “Caja de Ahorros de Zaragoza”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Caja de Ahorros de Madrid”, “Banco Popular Español”, “Caja de Ahorros de Castilla”, y “Banco Pastor”, por los importes que se le reclaman.

Embárguense los vehículos matrículas 1803CVW, 1832CVW, 4595FVV, AL-4201-AJ, B-04081-R, H-00663-R, LO-4202-R, M-0886-TY, M-21965-R, NA-04373-R, NA-04726-E, R-1941-BBW, R-1942-BBW, R-1943-BBW, R-2083-BBW, R-4507-BBD, R-5793-BBN, R-5794-BBN, R-6271-BCB, R-6272-BCB, R-6273-BCB, R-6274-BCB, R-6609-BBX, R-7282-BBM, R-8134-BBX, R-8511-BBR, R-8724-BBX, R-8725-BBX, R-8750-BBK y R-8910-BBV, librando para ello mandamiento al Registro de Bienes Muebles de Toledo.

Embárguense las cantidades que tengan pendientes de entregar a la ejecutada las empresas “Centrotir, Sociedad Anónima”, “Excavaciones Laredo”, “Anvi Camiones, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, “Camillo Palmera, Sociedad Anónima”, “Ancapas Vehículos Industriales”, “El Cafetero 9, Sociedad Limitada”, don Ángel Lozano Manzano, “La Estrella, Sociedad Anónima”, “Hermanos Albajar Lailla”, e “Ibertrans Articulados”, para satisfacer las cantidades adeudadas.

Librar los oficios necesarios en las entidades bancarias y de crédito donde se hará constar la orden de retención con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento de esta orden pudiera incurrir el receptor de la misma, quien deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer constar las cantidades que el ejecutado, en ese instante, dispusiere en tal entidad.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículos 551.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Jecarmitrans, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.255/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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