Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
07-07-2010

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100707-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 30

99
Procedimiento ordinario 20 de 2010

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se hace público la presentación y admisión a trámite de la demanda interponiendo recurso contencioso-administrativo que a continuación se indica:

Procedimiento: procedimiento ordinario 20/2010.

Fecha de presentación: 12 de enero de 2010.

Recurrente: don Julián Ruiz de Gámiz Abarral y don José María Soria Vidad.

Procurador: don Luis Pidal Allendesalazar.

Contra: Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

Actuación impugnada: ocupación material de los terrenos propiedad de los demandantes llevada a cabo por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

1. Finca Urbana-L, parcela de terreno trapezoidal, irregular en forma de “U”, abierta por el Noroeste, situada entre las calles de Hilados, Pozo de las Nieves, Silicio y del Álamo.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Torrejón de Ardoz, al folio 171, tomo 3.891, libro 1.116, número 20.426.

2. Urbana 1. Parcela letra B, destinada a viales y aceras, parcela irregular, con una superficie de 17.170, 79 metros cuadrados en forma de “U” abierta por el Noroeste, situada entre las calles de Hilados, Pozo de Las Nieves y Noroeste, calle Silicio.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Torrejón de Ardoz, al folio 177, tomo 3.904, libro 1.129, número 65.540.

Quienes tengan interés legítimo en sostener la conformidad a derecho de la actuación recurrida disponen de quince días a contra del siguiente a la publicación de este anuncio, para poder personarse en el recurso con asistencia de letrado y, en su caso, por medio de procurador o confiriéndose la representación al primero, salvo si son funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios, cuando se refieran a cuestiones de personal que ni impliquen separación de empleados públicos inamovibles, en cuyo caso pueden comparecer por sí mismos debiendo señalar un domicilio en esta ciudad para notificaciones.

En Madrid, a 31 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(02/6.280/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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