Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
06-07-2010

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100706-117

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

CAMPO DE CRIPTANA

URBANISMO

117
Notificación recuperación de oficio de bienes de dominio público

Habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido sin que se haya podido practicar, y concurriendo las circunstancias contempladas en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede acudir a la notificación edictal prevista en el artículo citado más atrás y en los términos recogidos en el artículo 61 del citado texto legal, en relación con el expediente BIENES/1/2009:

— Asunto: recuperación de oficio de bienes de dominio público, en relación con los caminos del Toboso, de Las Labores, del Corral de Cruz, de la Casa Paletas, de la Cueva de las Monjas, Viejo del Toboso y varios caminos de servicio.

— Interesada: “Graveras y Construcciones Los Migueletes, Sociedad Limitada”.

— Acuerdo notificado: acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 8 de marzo de 2010.

El expediente obra en el Departamento de Secretaría, donde podrá accederse al contenido íntegro del acuerdo objeto de notificación, así como al expediente, asistiéndole el derecho de alegar por escrito y presentar cuantos documentos estime convenientes en defensa de sus derechos dentro del plazo de diez días hábiles conferido a tal efecto, contado desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real”.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar documentos, se dictará la resolución que proceda.

En Campo de Criptana, a 11 de junio de 2010.—El alcalde, Santiago Lucas-Torres López-Casero.

(02/6.561/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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