Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
01-07-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100701-268

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 2

EDICTO

268
Procedimiento ordinario 490 de 2010

En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 490 de 2010, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y 165.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se cita a “Ática Ingeniería, Construcción y Arquitectura, Sociedad Limitada”, para juicio señalado el 23 de noviembre de 2010. Insértese la cédula de citación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza”.

CÉDULA DE CITACIÓN

Tribunal que ordena citar: Juzgado de lo social número 2 de Zaragoza.

Asunto en que se acuerda: procedimiento ordinario número 490 de 2010.

Empresa a la que se cita: “Ática Ingeniería, Construcción y Arquitectura, Sociedad Anónima”, como parte demandada.

Objeto de la citación: asistir en esa condición a los actos de conciliación o, en su caso, juicio. Y también, si la parte contraria lo pide, y el juez lo admite, contestar al interrogatorio que aquella pueda formular.

Lugar en que debe comparecer: en la sede de esta oficina judicial, calle Alfonso I, número 17, planta tercera.

Día y hora en la que debe comparecer: 23 de noviembre de 2010, a las once horas, para los actos de conciliación o, en su caso, juicio.

Prevenciones legales

1.o La incomparecencia de la demandada, debidamente citada, no impedirá la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

2.o Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto de juicio con abogado para su defensa y/o representación, procurador o graduado social para su representación, lo que se comunica a los efectos oportunos.

3.o Debe asistir al juicio con las pruebas de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si precisara de alguna otra prueba que requiriera la práctica de alguna diligencia por esta oficina judicial, deberá solicitarla con una antelación de diez días a la fecha señalada para el acto de juicio (artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

4.o Se le advierte que la parte actora ha solicitado como pruebas: su interrogatorio como demandada.

A tal efecto, se le indica que si no comparece se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

5.o Debe comunicar a esta oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.4, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

6.o También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio a los que se le convoca (artículos 83.1 de la Ley de Procedimiento Laboral y 188 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En Zaragoza, a 8 de junio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.814/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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