Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
10-06-2010

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100610-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ORDEN de 25 de marzo de 2010, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “Consultas Tributarias Escritas-CONSULTRIB-” de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid y el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, establecen que la creación, modificación, y supresión de ficheros de datos incluidos en el ámbito de aplicación de dicha Ley, se realizará mediante disposición de carácter general, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el diario oficial que corresponda. En el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, la aprobación de dicha disposición se hará mediante Orden del Consejero respectivo.

La Consejería de Economía y Hacienda como titular de la función específica en que se concreta la competencia sobre la materia a cuyo ejercicio sirve instrumentalmente el fichero, procede a crear un nuevo fichero, adscrito a la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, denominado “Consultas Tributarias Escritas-CONSULTRIB-”, para facilitar la gestión de las solicitudes tributarias escritas y las actuaciones de información tributarias relativas tanto a los tributos propios como a los tributos cedidos que se gestionan por la Comunidad de Madrid.

El fichero que se crea se ajusta a lo dispuesto, tanto en la citada Ley 8/2001, de 13 de julio, como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Esta Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,

DISPONGO

Artículo único

Creación del fichero de datos de carácter personal

1. Se crea el fichero mixto de datos de carácter personal denominado “Consultas Tributarias Escritas-CONSULTRIB-”, previsto en el Anexo de esta Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

2. En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en el fichero que se crea, se dará cumplimiento en los términos que se establecen en el Anexo a esta Orden, a lo previsto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de marzo de 2010.

El Consejero de Economía y Hacienda, ANTONIO BETETA BARREDA

ANEXO

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: CONSULTAS TRIBUTARIAS ESCRITAS.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Economía y Hacienda, Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Consejería de Economía y Hacienda, Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego.

Nombre y descripción del fichero: CONSULTAS TRIBUTARIAS ESCRITAS.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel medio.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella.

— Otros tipos de datos: Datos de transacciones de bienes y servicios, circunstancias personales relativas a la consulta que se efectúe.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: Gestión de solicitudes de consultas tributarias escritas y actuaciones de información tributaria.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: Contribuyentes y sujetos obligados.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: Hacienda Pública y Administración Tributaria.

(03/20.087/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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