Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
22-05-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100522-49

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

49
Demanda 1.140 de 2009-E

Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.140 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Calleja Martínez, contra las empresas “Infinity System, Sociedad Limitada”, y “Gesem & Free Stac, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Cristina Calleja Martínez, frente a las empresas “Infinity System, Sociedad Limitada”, y “Gesem & Free Stac, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a las empresas demandadas a que abonen a la actora las siguientes sumas:

“Infinity System, Sociedad Limitada”: 2.000 euros netos.

“Gesem & Free Stac, Sociedad Limitada”: 2.958 euros brutos.

Sobre los referidos importes individuales, en su caso, se aplicará el interés del artículo 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial con exclusivo fundamento en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal 1050, de calle Mayor, número 12, de Guadalajara, a nombre de este Juzgado con el número 2.178, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado, con el número 2178/0000/60/1140/09, la cantidad objeto de la condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gesem & Free Stac, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 26 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.440/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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