Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
12-05-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100512-231

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

231
Ejecución 94 de 2010

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 94 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aitor de Frutos de Frutos, contra don David Ortega Valero, don Francisco Javier Ortega Valero y “Las Cosas Bien Hechas, Comunidad de Bienes”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Aitor de Frutos de Frutos, contra don David Ortega Valero, don Francisco Javier Ortega Valero y “Las Cosas Bien Hechas, Comunidad de Bienes”, por un importe de 2.153,12 euros de principal, más 150,71 euros que se calculan para intereses provisionales, más otros 215,31 euros calculados para costas también provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes de los demandados.

c) A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de lo social al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes del ejecutado, en paradero desconocido, don Francisco Javier Ortega Valero, en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de los deudores de que tengan constancia. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública, por cualquier concepto, a los ejecutados hasta cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución que se ingresarán, en su caso, en la abierta por este Juzgado en “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, cuenta número 2515.

Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial por el plazo de quince días para que pueda instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe los bienes de los deudores que le consten.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don David Ortega Valero, “Las Cosas Bien Hechas, Comunidad de Bienes”, y don Francisco Javier Ortega Valero, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.041/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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