Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2010

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100510-1

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2010, del Director General de la Función Pública, por la que se declara desierto en turno restringido el puesto funcional de libre designación “Director de Centro de Acogida” (NPT 15706), adscrito a la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, convocado por Orden 43/2010, de 20 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de febrero), de la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración.

Vista la propuesta de la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, de acuerdo con lo establecido en la base séptima, punto 2, de la Orden 43/2010, de 20 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de febrero), de la Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, por la que se convocaban pruebas selectivas para proveer, en turno restringido, el puesto funcional de libre designación “Director de Centro de Acogida” (NPT 15706), adscrito a la citada Consejería,

DISPONGO

Primero

Declarar desierto, en turno restringido, el puesto funcional de libre designación “Director de Centro de Acogida” (NPT 15706), adscrito a la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración.

Segundo

Contra la presente Resolución podrán interponer los interesados, ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral, en los términos y con los efectos previstos en los artículos 69 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril.

Madrid, a 20 de abril de 2010.—El Director General de la Función Pública, Miguel Ángel López González.

(03/17.179/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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