Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
08-05-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100508-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 4

EDICTO

67
Juicio de faltas 505 de 2008

Doña Raquel Paz García-Mateos, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Parla.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 505 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Que debo condenar y condeno a don Antonio Fernández Aquino y don Nelson Joel Caraballo Vázquez, como autores penalmente responsables de una falta de respeto a agentes de la autoridad, a la pena de multa de treinta días, con una cuota diaria de 6 euros (180 euros), respectivamente, debiendo hacer efectiva dichas multas dentro de los cinco días siguientes al requerimiento que se le efectúe una vez firme la presente resolución, con imposición de las costas si las hubiere.

Los mencionados quedarán sujetos en caso de impago a la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid que deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución conforme previenen los artículos 976 y 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Nelson Joel Caraballo Vázquez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 12 de abril de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/16.290/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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