Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
05-05-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100505-164

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

URBANISMO

164
Modificación puntual sustancial número 8

Por el Pleno del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de febrero de 2010, se adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente la Modificación Puntual Sustancial número 8 del Plan General de Ordenación Urbana, consistente en modificación del uso “Actividades Terciarias” al uso “Residencial”, en parcela de la calle Camino del Bispo, número 1-A, de Villaviciosa de Odón, tramitada a instancias de la propiedad y con el interés municipal de resolver la incompatibilidad del uso industrial actual, sobre los usos residenciales existentes en parcelas colindantes. Dejando sin efecto lo aprobado por acuerdo de Pleno de 27 de noviembre de 2009 tramitado a tenor de lo dispuesto en el decreto 92/2008, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de Planeamiento Urbanístico.

Segundo.—Someter la Modificación Puntual Sustancial número 8 del Plan General de Ordenación Urbana, consistente en la modificación del uso “Actividades Terciarias” al uso “Residencial”, en parcela de la calle Camino del Bispo, número 1-A, de Villaviciosa de Odón, al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante inserción del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia y en el tablón de anuncios municipal, según se establece en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, quedando el expediente a disposición de cualquier persona física o jurídica interesada que desee examinarlo durante el plazo señalado en el Servicio de Urbanismo para formular las alegaciones que estimen oportunas.

Tercero.—Solicitar los informes que sean precisos a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Consejería de la Cultura de la Comunidad de Madrid.

Cuarto.—Declarar la suspensión de licencias de nueva edificación y de apertura de nuevas actividades en el ámbito APE 14.

Villaviciosa de Odón, a 8 de abril de 2010.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(02/4.176/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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