Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2010

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100426-158

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

158
Modificación ordenanza fiscal realización de actividades deportivas

De conformidad con lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del artículo 17 del Real Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público el acuerdo definitivo de imposición, ordenación y modificación de tributos y precios públicos, así como el texto de las modificaciones aprobadas en las ordenanzas ya existentes.

ACUERDO DEFINITIVO

No habiéndose presentado reclamaciones a la modificación provisional de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio y realización de actividades deportivas, culturales, escuela de música y ludoteca municipal aprobada provisionalmente mediante acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Leganés, de 9 de marzo de 2010, se entiende definitivamente adoptado el mismo, en los siguientes términos:

NÚMERO 19: ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS, CULTURALES, ESCUELA DE MUSICA Y LUDOTECA MUNICIPAL

Se modifica la tabla del apartado número 4, quedando como sigue:

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De conformidad con el artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las ordenanzas se mantendrán en vigor durante el plazo previsto en ella sin que quepa contra la misma otro recurso que el contencioso-administrativo, que se podrá interponer a partir de la presente publicación en la forma y plazo que establecen las Normas Reguladoras de dicha jurisdicción.

Leganés, a 21 de abril de 2010.—El alcalde-presidente, Rafael Gómez Montoya.

(03/16.130/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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