Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
22-04-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100422-249

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

249
Ejecución 80 de 2010

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 80 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ignacio Rodríguez Moya, contra “Logimadrid, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado providencia de fecha 25 de marzo de 2010 del tenor literal siguiente:

Providencia

Magistrado-juez de lo social, ilustrísimo señor don José Ángel Folguera Crespo.—En Madrid, a 25 de marzo de 2010.

Dada cuenta; visto el contenido de la anterior diligencia, siendo firme la sentencia dictada en la presente demanda y el contenido del escrito presentado por el demandante don Ignacio Rodríguez Moya, que consta unido a los autos de su razón, instando la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones, regístrese la ejecución en el libro correspondiente.

Visto su contenido; cítese de comparecencia a las partes para el día 5 de mayo de 2010, a las ocho y cincuenta horas, ante este Juzgado de lo social número 30 de Madrid, sito en la calle Orense, número 22, segunda planta, a tenor de lo establecido en el artículo 277 de la Ley de Procedimiento Laboral, librándose al efecto los despachos oportunos.

Notifíquese esta resolución, notificación que a la demandada se realizará mediante edictos, habida cuenta del ignorado paradero, que se publicarán en el tablón de anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Haciéndoles saber que deberá consignarse previamente, a la interposición del recurso indicado, el depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2803, entidad 0030, agencia 1143, sita en calle Orense, número 19, de Madrid, y que no se admitirá recurso alguno sin dicho depósito, debiéndose acreditar el mismo con el escrito de interposición de recurso, siendo exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido beneficio de justicia gratuita, quedando también exento de dicho depósito el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, “Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Logimadrid, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.910/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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