Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2010

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100421-104

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

RÉGIMEN ECONÓMICO

104
Notificación colectiva de tributos de cobro periódico

Aprobado los padrones sobre recogida de basuras, alcantarillado y entrada de vehículos (vados) correspondientes al presente ejercicio, se exponen al público por plazo de quince días para que los interesados puedan examinarlos y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.

Asimismo, se anuncia la apertura del período de cobranza de los citados impuestos según el siguiente régimen:

a) Plazo de ingreso: desde el día 1 de mayo al 30 de junio del presente año.

b) Modalidad, lugar, días y horas de cobro: los recibos no domiciliados, así como los domiciliados cuyas cuentas carezcan del numerario recibirán en sus domicilios documento de pago por ventanilla, que podrá ser abonado en cualquier sucursal de las entidades bancarias “La Caixa”, “Banco Español de Crédito”, “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”.

c) Los contribuyentes que no reciban la documentación en sus domicilios, o que la hubieran extraviado, deberán solicitar duplicado en la Oficina de Recaudación Municipal, sita en la plaza Mayor, número 1, en los días hábiles comprendidos dentro del plazo de ingreso, de nueve a catorce horas.

d) Advertencia: transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio a tenor de lo dispuesto en el artículo 167 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

e) Recursos: recursos de reposición, ante la Alcaldía Municipal, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública.

Collado Mediano, a 24 de marzo de 2010.—La alcaldesa, María José Rubio Sadia.

(02/3.406/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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