Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
20-04-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100420-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

71
Proyecto de reparcelación

La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el 16 de marzo de 2010, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:

Visto el proyecto de reparcelación voluntaria de la finca registral número 14.435, propiedad de “Iberdrola”, y de la finca registral número 46.527, propiedad del Ayuntamiento de Alcobendas, presentado por la sociedad “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, con el fin de ejecutar la ordenación prevista en el documento de Adaptación y Revisión del Plan General de Ordenación Urbana, aprobado definitivamente por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en su sesión de 9 de julio de 2009, y considerados igualmente los informes técnico y jurídico evacuados por los Servicios del Área de Urbanismo, es por lo que esta Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, acuerda:

Primero.—Aprobar inicialmente el citado proyecto de reparcelación voluntaria, cuyo objeto consiste en la reconfiguración física y jurídica de la finca registral número 14.435, propiedad de “Iberdrola”, y de la finca registral número 46.527, propiedad del Ayuntamiento de Alcobendas, en el marco de lo previsto en el artículo 86 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en los artículos 71 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística de 1978.

En todo caso, en el documento que se someta en su día al acuerdo de aprobación definitiva municipal deberá figurar como carga en la descripción de la parcela resultante número 2, adjudicada a “Iberdrola”, el deber de ceder urbanizadas las parcelas destinadas a red viaria por ajuste de la alineación oficial de conformidad con lo establecido en la estipulación cuarta, punto 2, del convenio firmado el 17 de octubre de 2009, con el siguiente tenor literal: “La finca queda afecta a completar las obras de urbanización de los terrenos destinados a red viaria pública a todo lo largo de su perímetro. Dichas obras se realizarán simultáneamente con las obras de edificación que se proyecten sobre la finca”.

Segundo.—Someter el expediente completo a información pública por plazo de veinte días mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un periódico de difusión corriente en esta localidad, con notificación individualizada a la sociedad proponente del presente proyecto de reparcelación; plazo durante el cual el expediente podrá ser examinado y formuladas cuantas alegaciones estimen pertinentes.

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles durante el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como asimismo formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a su derecho.

Alcobendas, a 18 de marzo de 2010.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/3.484/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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