Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2010

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100408-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

124
Juicio de faltas 909 de 2009

Doña María del Mar Giménez López, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de falta número 909 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.—Visto por el ilustrísimo señor don Marcelino Sexmero Iglesias, magistrado-juez titular del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas por hurto, y en el que han sido partes: el ministerio fiscal, doña María del Carmen Gil García, don José Javier Puerta Gil y doña Angélica Galindo Huertas, como denunciada, se procede en nombre de su majestad el Rey a dictar la presente sentencia.

Que debo de condenar y condeno a doña Angélica Galindo Huertas, como autora responsable de una falta de hurto, tipificada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 2 euros por día de sanción, lo que suma un total de 60 euros, condenándola también al pago de las costas procesales.

Si no se satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, la condenada quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de localización permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de trabajos en beneficio de la comunidad conforme dispone el artículo 53 del Código Penal.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y al ministerio fiscal, con la advertencia de que no es firme y de que contra ella puede interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, quedando entre tanto los autos a disposición de las partes en la Secretaría de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a y doña Angélica Galindo Huertas, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 18 de febrero de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/10.681/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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