Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100406-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SALAMANCA NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

171
Ejecución 196 de 2009

Don Florencio E. Sánchez García, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Salamanca.

Hago saber: Que en el procedimiento de este Juzgado de lo social, ejecución número 196 de 2009, seguido a instancias de don Álvaro Ortiz Rivero, contra la empresa “Rub. Pau. S., Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de aclaración:

Auto

En Salamanca, a 18 de diciembre de 2009.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, su señoría, por ante mí, el secretario judicial, dijo: Se aclara dicho error material en el sentido de que la demandada y ejecutada en los autos número 92 de 2008 y ejecución número 196 de 2009, debe figurar “Rub. Pau. S., Sociedad Limitada”.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de reposición, que deberá de ser interpuesto en el plazo de cinco días ante este Juzgado. Se advierte que si el recurrente no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local o ente autónomo dependiente de alguno de ellos, ni tuviera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita, deberá acreditar en el momento de la interposición haber ingresado en la cuenta número 3703/0000/64/0196/09 la cantidad de 25 euros. Al hacer el ingreso deberá especificar en el campo concepto “Recurso”, seguido del código 30 y tipo concreto de recurso del que se trate. Si el ingreso se efectúa mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los dieciséis dígitos de la cuenta expediente, separado por un espacio.

Se advierte que de no cumplirse las anteriores prevenciones, no se admitirá a trámite el recurso.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rub. Pau. S., Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Salamanca, a 3 de marzo de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.607/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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