Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
01-04-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100401-19

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 55

EDICTO

19
Procedimiento ordinario 1.374 de 2006

En el juicio de procedimiento ordinario número 1.374 de 2006, sobre otras materias, se ha acordado notificar a la parte demandada la cédula, cuyo texto literal es el siguiente:

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Vistos por la magistrada-juez sustituta doña María Leticia García Clérigo los autos de juicio ordinario número 1.374 de 2006, seguidos a instancias de don Joaquín Izquierdo Sánchez, representado por el procurador de los tribunales don Ángel Martín Gutiérrez y asistido del letrado don Francisco José Mendoza Pérez, contra la mercantil “Enteco Decoración, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía procesal por no haber comparecido en tiempo y forma para contestar la demanda, ejercitándose acción de reclamación de cantidad, intereses legales y costas.

Fallo

Estimo íntegramente la demanda presentada por la representación procesal de don Joaquín Izquierdo Sánchez, contra la mercantil “Enteco Decoración, Sociedad Limitada”, declarada en situación de rebeldía procesal; en consecuencia, condeno a la parte demandada a satisfacer a la parte actora la cantidad de 7.077,16 euros, más los intereses previstos en el fundamento de derecho tercero y las costas del presente procedimiento.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dictada y publicada que fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe en el día de su fecha.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia de fecha 14 de octubre de 2009 a “Enteco Decoración, Sociedad Limitada”, haciéndole saber que contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días, limitándose el escrito a citar la resolución apelada, así como a manifestar la voluntad de la parte de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

En Madrid, a 4 de febrero de 2010.—El secretario (firmado).

(02/2.662/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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