Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
30-03-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100330-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

110
Demanda 293 de 2009

Doña Elena Alonso Berrio-Ategortúa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 293 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Martínez Pozo, contra la empresa “Segurisa Servicios Integrales de Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

En Madrid, a 22 de enero de 2010.—Dada cuenta; el anterior escrito únase a los autos de su razón, dese traslado a la demandada, y visto su contenido se levanta el archivo provisional acordado, citándose a las partes para los actos de conciliación y/o juicio, el día 8 de noviembre de 2011, a las nueve y veinte horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en la calle Hernani, número 59, primero, de Madrid.

Ha lugar a la prueba solicitada por la actora en su demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña Mercedes Gómez Ferreras.—En Madrid, a 15 de febrero de 2010.

Dada cuenta; el anterior escrito únase a los autos de su razón. Estese al señalamiento sin perjuicio que una vez se aproxime dicho día, las partes aleguen lo que a su derecho convenga o la demandada reitere su petición.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse mediante consignación o transferencia a la cuenta de este Juzgado.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Segurisa Servicios Integrales de Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.832/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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