Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
24-03-2010

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100324-95

Páginas: 13


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

95
Notificaciones denuncias infracciones tráfico

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se pone en conocimiento de los interesados que a continuación se relacionan que al intentar practicar las notificaciones de denuncias por infracciones de tráfico, y no siendo posible dar cumplimiento a las mismas por las causas que se enumeran en los expedientes correspondientes se practican por medio del presente edicto, haciéndoles saber que se ha formulado contra ellos la denuncia cuyos datos se detallan, por cuyo motivo se ha iniciado el procedimiento contemplado en el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero.

Requerimiento al titular: se ha formulado contra el conductor del vehículo del que usted aparece como titular la denuncia por infracción de tráfico que figura en la presente notificación.

Conductor responsable: en el caso de que la titularidad del vehículo corresponda a una persona jurídica o en el caso de no ser usted el conductor del vehículo denunciado en el momento de la comisión de la infracción se le comunica que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, el titular del vehículo deberá identificar y comunicar el nombre y apellidos, domicilio y DNI del conductor del vehículo en el plazo de diez días. El incumplimiento de dicho trámite determinará la imposición de una sanción pecuniaria como autor de falta muy grave, cuya sanción podrá ser de hasta 1.500 euros. De la responsabilidad de los hechos cometidos por un menor de dieciocho años responderán solidariamente con él, sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho (artículo 72.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, modificado por Ley 17/2005).

Iniciación: mediante denuncia formulada por el agente de la autoridad (artículo 3, Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero).

Caducidad: si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, salvo que concurran causas de suspensión (artículo 81.2 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo).

Alegaciones: de acuerdo con lo previsto en el artículo 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se dispone de un plazo de quince días, contados desde la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para presentar las alegaciones, documentos o informaciones que consideren oportunas contra sus contenidos, y proponer las pruebas que entiendan convenientes para su defensa, dirigidas al Ayuntamiento de Pozuelo, Concejalía de Seguridad.

De no efectuar alegaciones, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, elevándose por el instructor al órgano que tiene atribuida la competencia sancionadora para que dicte la resolución que proceda según lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real Decreto 320/1994.

Reducción de la multa: si se abona el importe de la multa durante los treinta días naturales siguientes a contar desde la notificación, se obtendrá una reducción del 30 por 100 de la cuantía de la misma. El pago de la sanción implicará la terminación del procedimiento (artículo 67 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo).

Lugar de pago: el abono de las correspondientes denuncias podrá realizarse en cualquier sucursal de “Caja Madrid”, “Banco Santander Central Hispano”, “La Caixa”, “Caja Castilla-La Mancha” y “BBVA”, designadas como entidades colaboradoras, retirando previamente la carta de pago en la Unidad de Gestión de Multas, sita en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, plaza Mayor, número 1, Madrid.

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Pozuelo de Alarcón, a 21 de diciembre de 2009.—El alcalde, Gonzalo Aguado Aguirre.

(02/14.477/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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