Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
23-03-2010

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100323-144

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2

EDICTO

144
Juicio de faltas 45 de 2009

Doña Elia Lozano Sanz, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 45 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcalá de Henares, a 28 de mayo de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña Olga Iglesias Santamaría, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio de faltas seguidos con el número 45 de 2009, sobre lesiones, amenazas y daños, entre don Eduardo Molano Montes, don Daniel Ledesma Ortega, don Antonio María Ledesma Ortega, don Juan José Carmona Yebes y don José Manuel Xavier Ceforo (denunciantes-denunciados), con intervención del ministerio fiscal, resultando lo siguiente:

Que debo absolver y absuelvo a don Eduardo Molano Montes, don Daniel Ledesma Ortega, don Antonio María Ledesma Ortega, don Juan José Carmona Yebes y don José Manuel Xavier Ceforo de los hechos por los que venían denunciados, declarando de oficio las costas de este juicio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que no es firme y que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Manuel Xavier Ceforo, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 16 de febrero de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/9.105/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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