Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2010

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100315-33

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2010, del Director General de Industria, Energía y Minas, por la que en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación del Acuerdo de Inicio del procedimiento administrativo sancionador incoado el 17 de diciembre de 2009.

Mediante Acuerdo de Inicio de 17 de diciembre de 2009, se incoó procedimiento administrativo sancionador INIF 163/09 (05-MI-00200.2/2009) a la Comunidad de propietarios de la finca de la calle García Llamas, número 37, resultando infructuosos los intentos de notificación del citado Acuerdo de Inicio, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede por la presente a su publicación como Anexo, con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto legal, por entender que la publicación íntegra del escrito lesionaría los derechos o intereses legítimos del interesado.

ANEXO

Acuerdo del Director General de Industria, Energía y Minas, de 17 de diciembre de 2009, de incoación de procedimiento administrativo sancionador.

Requerido y último domicilio conocido. — Expediente. — Objeto del requerimiento

Comunidad de propietarios de la finca de la calle García Llamas, número 37, con domicilio en la calle García Llamas, número 37, 28053, Madrid. — INIF 163/09 (05-MI-00200.2/2009). — Acuerdo de Inicio de procedimiento sancionador, con un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones.

El plazo anteriormente indicado se contará a partir del día siguiente al de la última de las publicaciones efectuadas, para que, de acuerdo con el artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, formule alegaciones, aporte cuantos documentos estime convenientes y solicite, en su caso, la práctica de prueba, mediante escrito dirigido al Servicio de Apoyo Jurídico de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, sexta planta, 28016, Madrid, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Lo que se hace público, toda vez que se informa a la interesada de que también se ha ordenado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Dada en Madrid, a 11 de febrero de 2010.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/8.760/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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