Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100315-300

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

300
Ejecución 22 de 2009

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 22 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Fanny Francisca Correa Castillo, contra don José Juan Leiva Pastrana y “Hora 14, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de insolvencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a los ejecutados don José Juan Leiva Pastrana y “Hora 14, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 8.903,11 euros, más 891,05 euros de intereses y costas provisionales. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de los ejecutados.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión a trámite ingresar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto” número 2708/0000/30/0022/09, en la calle Orense, número 19, de Madrid, y dentro de este indicar el tipo de recurso que se interpone, la cantidad de 25 euros, quedando exentos los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social y los demás establecidos en la Ley.

Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Expídase testimonio de la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2008, del auto despachando ejecución de fecha 12 de junio de 2009 y de la presente resolución, así como copia sellada de la demanda y del escrito solicitando ejecución, que se entregarán al actor para su presentación ante Fondo de Garantía Salarial una vez firme este auto.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Juan Leiva Pastrana y “Hora 14, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de febrero de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.667/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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