Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100315-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

183
Demanda 107 de 2009

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 107 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Vermentón y don Luis Mendoza Soriano, contra don Jorge Joaquín Picazo Real, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 508 de 2009

En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.—Doña María del Carmen Camargo Sánchez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 12 de los de Madrid, tras haber visto los presentes autos acumulados sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandantes, don Andrés Vermentón y don Luis Mendoza Soriano, que comparecen con asistencia del letrado don Ángel de Andrés Melero, y de otra, como demandado, don Jorge Joaquín Picazo Real, que no comparece pese a estar citado en forma, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimo las demandas de los actores don Andrés Vermentón y don Luis Mendoza Soriano y declaro debidas las cantidades que más tarde se reflejarán. En consecuencia, condeno al demandado don Jorge Joaquín Picazo Real a estar y pasar por la anterior declaración y a que abone a don Andrés Vermentón la cantidad de 11.852,04 euros de principal y a don Luis Mendoza Soriano la cantidad de 645,42 euros de principal.

Asimismo, declaro la mora del demandado, y a las anteriores cantidades se les incrementará el 10 por 100 de interés moratorio anual desde la fecha en que debieron percibirse hasta su total pago.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado en la sucursal de “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Jorge Joaquín Picazo Real, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.601/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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