Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100226-65

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO

RÉGIMEN ECONÓMICO

65
Calendario fiscal para el año 2010

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 3 de febrero de 2010 acordó aprobar el calendario fiscal para el año 2010, siendo el siguiente:

— Tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos, año 2010, del 15 de marzo al 17 de mayo.

— Tasa por prestación del servicio de alcantarillado, primer semestre de 2010, del 15 de marzo al 17 de mayo.

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, año 2010, del 15 de marzo al 17 de mayo.

— Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, año 2010, del 15 de marzo al 17 de mayo.

— Tasa por licencias de autotaxis y demás vehículos de alquiler, año 2010, del 15 de marzo al 17 de mayo.

— Tasa por prestación del servicio de alcantarillado, segundo semestre de 2010, del 13 de septiembre al 15 de noviembre.

— Impuesto sobre bienes inmuebles urbana, año 2010, del 13 de septiembre al 15 de noviembre.

— Impuesto sobre bienes inmuebles rústica, año 2010, del 13 de septiembre al 15 de noviembre.

— Impuesto sobre actividades económicas, año 2010, del 13 de septiembre al 15 de noviembre.

— Coto privado de caza, año 2010, del 13 de septiembre al 15 de noviembre.

— Renta de Almazanejo, año 2010, del 13 de septiembre al 15 de noviembre.

— Renta Vega, año 2010, del 13 de septiembre al 15 de noviembre.

Asimismo, también se acordó aprobar y exponer al público los siguientes padrones ­fiscales:

— Tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos, año 2010.

— Tasa por prestación del servicio de alcantarillado, primer semestre de 2010.

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, año 2010.

— Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancía de cualquier clase, año 2010.

— Tasa por licencias de autotaxis y demás vehículos de alquiler, año 2010.

Estos padrones y matrículas fiscales estarán expuestos al público en el Ayuntamiento de Daganzo, Servicio de Recaudación, en el horario de lunes a viernes, mañanas de nueve a catorce horas, quince días antes de iniciarse el período de cobro, expresado en el calendario fiscal, y por período de treinta días.

El pago de los tributos gestionados mediante los padrones fiscales anteriormente indicados podrá realizarse dentro de los plazos establecidos en el calendario fiscal aprobado para cada tributo en cualquier oficina de las entidades bancarias que tiene abierta sucursal en el municipio mediante la presentación del documento cobratorio, en los días y horas de caja.

Pasado el período de tiempo anteriormente mencionado, relativo a voluntaria todos los morosos quedarán comprendidos dentro de los recargos, apremios y costas, de conformidad con el Reglamento de Recaudación y de la Ley Tributaria vigente.

Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer ante este Ayuntamiento recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la finalización de la exposición pública, previo al contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del recurso de reposición si es expresa o seis meses si es presunta.

Daganzo, a 4 de febrero de 2010.—El alcalde (firmado).

(02/1.323/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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