Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
17-02-2010

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100217-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

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Orden 263/2010, de 27 de enero, por la que se modifican las Órdenes 5086/2009 y 5088/2009, de 13 de noviembre, por las que se resuelve la concesión de ayudas económicas individuales para la realización de estudios y actividades de formación del profesorado, destinadas al Personal Funcionario Docente, Inspectores de Educación e Inspectores al servicio de la Administración Educativa de la Comunidad de Madrid.

Por Orden 3497/2009, de 21 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 30), se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas económicas individuales para la realización de actividades de formación del profesorado destinadas al Personal Funcionario Docente, Inspectores de Educación e Inspectores al servicio de la Administración Educativa de la Comunidad de Madrid, determinándose en la misma que su concesión se efectuará por Orden de la Consejera de Educación.

De conformidad con la citada convocatoria, por Órdenes 5086/2009 y 5088/2009, de 13 de noviembre, se resuelve la concesión de ayudas económicas individuales incluyendo en dichas Órdenes una relación nominativa de beneficiarios expresando la cuantía de la ayuda concedida en cada caso, así como una relación nominal de solicitudes excluidas con especificación de la causa.

Detectados errores en la valoración de ciertas solicitudes según los criterios y requisitos establecidos en la aplicación de la convocatoria de 21 de julio, procede la modificación de las Órdenes de concesión.

En base a lo anterior, a propuesta de la Comisión de Selección, esta Consejería de Educación

HA RESUELTO

Primero

Dejar sin efecto las Órdenes de concesión de ayudas en lo que respecta al personal docente que se relaciona en el Anexo de esta Orden por las siguientes causas:

03 Estudios no realizados en el curso 2008-2009.

09 Ser ya beneficiario de una ayuda a través de esta convocatoria.

13 La ayuda solicitada no corresponde a gastos de matrícula.

28 Actividad no relacionada con el trabajo del solicitante.

Segundo

Contra la presente Orden cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la forma y plazos establecidos por la normativa vigente.

Madrid, a 27 de enero de 2010.

La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

ANEXO

RELACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDAS INDIVIDUALES EXCLUIDAS

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(03/5.381/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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