Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100212-215

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 40

EDICTO

215
Desahucio por falta de pago 887 de 2008

Doña María del Rosario Martínez García, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 40 de los de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado de primera instancia número 40, sito en la calle Capitán Haya, número 66, quinta planta, se siguen los autos del juicio verbal de desahucio por falta de pago número 887 de 2008, sobre otras materias, a instancia de las partes que se dirá, dictándose sentencia en los referidos autos.

Sentencia

En Madrid, a 13 de marzo de 2009.—El ilustrísimo señor don Juan José Escalonilla Morales, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid, habiendo visto los autos número 887 de 2008, de juicio verbal de desahucio, tramitados en este Juzgado entre partes: de una, como demandante, doña Natalia María Blein Cabestrero, representada por el procurador de los tribunales don José Luis Martín Jaureguibeitia y asistida por el letrado don Francisco Melero Rodríguez, y de otra, como demandado, don Luis Rivas Pareja, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don José Luis Martín Jaureguibeitia, en nombre y representación de doña Natalia María Blein Cabestrero, contra don Luis Rivas Pareja:

a) Debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento concertado entre ambas partes en fecha 13 de marzo de 2007, sobre la vivienda sita en la calle Biarritz, número 5, tercero derecha, de Madrid.

b) Debo condenar y condeno a dicho demandado al desalojo del inmueble objeto del anterior contrato en el plazo legalmente establecido (veinte días), dejando el mismo libre, expedito y a entera disposición de la demandante, con apercibimiento en su caso de lanzamiento.

c) Debo condenar y condeno a dicho demandado a pagar a la parte actora la cantidad de 7.656,55 euros.

d) Debo condenar y condeno a dicho demandado a pagar a la actora la cantidad de 1.541,37 euros mensuales desde el día 1 de abril de 2009 hasta la fecha de desalojo por su parte de la referida vivienda.

e) Todo ello con expresa imposición a dicho demandado de las costas causadas en la presente instancia.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Llévese testimonio de la presente resolución al procedimiento de referencia.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que tenga efecto la notificación de la sentencia al demandado en autos, don Luis Rivas Pareja, y para su inserción en el “Boletín Oficial del Estado” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide la presente en Madrid, a 6 de noviembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/712/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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