Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100209-0035
Páginas: 0
C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
De acuerdo con lo señalado en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que tras la entrada en vigor de este Decreto podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid. Asimismo, y de acuerdo con el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, RESUELVO Primero Habilitación del Registro Telemático Se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a los siguientes procedimientos: — Inscripción en el Registro General de establecimientos en el sector de la alimentación animal. Segundo Inclusión en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid Se incluyen en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, los procedimientos enunciados en el apartado primero de la presente Resolución. El Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, deberá entenderse modificado, en lo relativo a estos procedimientos, en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, siendo de aplicación el siguiente: “Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático: Todos aquellos que en el momento de la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la página web www.madrid.org.” Tercero Aprobación de modelos de solicitud Aprobar los modelos de solicitud que se adjuntan como Anexo, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. Madrid, a 30 de diciembre de 2009.—El Director General del Medio Ambiente, PDF (Orden 5080/2009, de 23 de diciembre), el Subdirector General de Gestión y Ordenación de Espacios Protegidos, Juan de Mata Urbano López de Meneses. (03/3.217/10) |