Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-02-2010

Sección 2.110.90.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100204-0043

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

Dirección General de Política Energética y Minas

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, tres posiciones de línea del sistema de 220 kV en la nueva subestación a 220/132/66/20 kV de “Fuen­carral” (Madrid).

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, a instancias de “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, con domicilio en Madrid, avenida de Burgos, número 8, solicitando la autorización administrativa arriba citada.

Resultando que la petición de “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, ha sido sometida a información pública a los efectos establecidos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose alegación ni oposición alguna durante el plazo reglamentario.

Resultando que el anuncio de información pública ha sido expuesto en el tablón de edictos y anuncios de la primera Casa Consistorial del Ayuntamiento de Madrid, recibiéndose diligencia acreditativa de la exposición durante el plazo reglamentario y en la que no consta que se haya presentado ninguna alegación ni oposición.

Resultando que la ampliación solicitada se realizará en los mismos terrenos ocupados por la actual subestación propiedad de Iberdrola.

Resultando que de conformidad con lo establecido en el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y lo dispuesto en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, Reguladora del Contrato de Concesión de Obras Públicas, se solicitó informe al Ayuntamiento de Madrid y a la Dirección General de Urbanismo y Planificación Regional de la Comunidad de Madrid, habiéndose emitido informes favorables.

Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid.

Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 6 de julio de 2006.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, tres posiciones de línea del sistema de 220 kV en la nueva subestación a 220/132/66/20 kV de “Fuencarral”, en el término municipal de Madrid, cuyas características principales son:

— Sistema formado por celdas de interior, con aislamiento en SF6 (GIS), ubicado en el interior de un edificio, con esquema de doble barra, con siete posiciones de línea pertenecientes a distintas sociedades, siendo propiedad de Iberdrola las siguientes:

l Posición de línea “Sanchinarro 2”.

l Posición de línea “El Pilar 1”.

l Posición de línea “El Pilar 2”.

La finalidad de la nueva subestación a 220/132/66/20 kV de “Fuencarral”, en sustitución de la actual, se justifica por el crecimiento del mercado al que abastece la actual subestación y por la mejora en la calidad del suministro de energía eléctrica en la zona.

Esta instalación no se podrá comenzar a construir mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación del proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en el plazo máximo de seis meses, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 2351/2004, por el que se modifica el procedimiento de resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias del mercado eléctrico.

Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización a cumplir lo que para concesión de prórroga se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, pudiendo realizarse exclusivamente las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de la instalación que se contemplan en el artículo 4 del Real Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el ilustrísimo señor secretario general de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, a 24 de julio de 2006.—El director general, Jorge Sanz Oliva.

(D. G.—309) (02/14.034/06)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.90.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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