Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-02-2010

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100204-0008

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

363 Orden 5110/2009, de 29 de diciembre, por la que se resuelve el expediente de deslinde del monte demanial denominado “Riscos y Anexos”, número 209 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, propiedad de la Comunidad de Madrid.

Recibido y examinado el expediente de deslinde del monte demanial denominado “Riscos y Anexos”, número 209 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, propiedad de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, con todas las actuaciones realizadas, visto que en su tramitación y ejecución se ha cumplido lo establecido en la legislación vigente, y de conformidad con el Informe Propuesta de fecha 16 de abril de 2009, a petición del Director General del Medio Ambiente, y en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 26/2009, de 26 de marzo,

DISPONGO

Primero

Aprobar el deslinde del monte denominado “Riscos y Anexos”, número 209 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, perteneciente a la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las actas, Registro Topográfico y plano que figuran en el expediente de deslinde, quedando el monte con la descripción siguiente:

Comunidad Autónoma: Comunidad de Madrid.

Número del catálogo: 209.

Nombre: “Riscos y Anexos”.

Término municipal: Rivas-Vaciamadrid.

Pertenencia: Comunidad de Madrid.

Límites:

— Límite Norte: Camino del Abrevadero.

— Límite Este: Río Jarama y finca particular “El Piúl”.

— Límite Sur: Finca particular “El Piúl” y carretera de acceso a la misma.

— Límite Oeste: Suelo urbano y terrenos del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

Descripción de linderos: El monte “Riscos y Anexos”, número 209 del CUP, se encuentra en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid. Se accede a él desde la salida 19 de la carretera de Valencia A-3, en dirección a la laguna de “El Campillo”, accediendo al monte por el camino que recorre los cortados de “El Piúl” poco antes de llegar a dicha laguna.

Se lleva a cabo la definición del perímetro exterior mediante la colocación de un total de 158 piquetes.

El lindero Norte comienza en el piquete número 151, que se sitúa junto al camino del Abrevadero, iniciándose la colindancia del monte con el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, y continuando su trazado por el margen derecho del camino hasta el piquete número 1, donde finaliza la colindancia del monte con el Ayuntamiento y se inicia la colindancia del monte con la Confederación Hidrográfica del Tajo.

El lindero Este comienza en el piquete número 1, situado bajo el cortado, a orillas del río Jarama, entre vegetación de ribera, piquete que determina el inicio de la colindancia del monte con la Confederación Hidrográfica del Tajo. A continuación sigue el cauce del río Jarama hasta el piquete número 2, punto en el que acaba la colindancia del monte con la Confederación Hidrográfica del Tajo y se inicia la colindancia del monte con la propiedad de “Hacienda El Piúl, Sociedad Limitada”, recorriendo primero la línea de mojones que delimitan la finca “El Piúl” a lo largo de los cortados, para continuar a la izquierda del camino que recorre los cortados hasta el piquete número 53.

El lindero Sur comienza en el piquete número 53, coincidente con un mojón que delimita la finca “El Piúl”, y continúa determinando la colindancia del monte con la propiedad de “Hacienda El Piúl, Sociedad Limitada”, a la izquierda del camino que recorre los cortados, hasta que en el piquete número 65 desciende por el cortado hasta la entrada de la finca “El Piúl”. Junto al cartel de entrada a la finca se sitúa el piquete número 69, en el cual finaliza la colindancia del monte con la propiedad de “Hacienda El Piúl, Sociedad Limitada” y comienza la colindancia del monte con el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, siguiendo por el margen derecho de la carretera de acceso a “El Piúl” hasta el piquete número 70.

El lindero Oeste comienza en el piquete número 70, y sigue definiendo la colindancia del monte con terrenos en los cuales el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid es gestor y/o propietario. El lindero pasa junto a una zona ajardinada y bordea después el polideportivo contiguo, para más adelante lindar con suelo urbano. Pasado el antiguo vertedero de Madrid y atravesando el pinar en dirección al Cerro del Telégrafo, el lindero llega hasta el piquete número 151, situado junto al camino del Abrevadero.

Otras características: Figura inscrito en el Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid a favor de la Comunidad de Madrid por título de cesión practicada el 13 de septiembre de 1993, como consta en el tomo 1183, libro 122, folio 216, finca 9006; en el tomo 1188, libro 123, folio 5, finca 9013, y en el tomo 1188, libro 123, folio 7, finca 9014, las tres fincas en su inscripción primera.

Segundo

Que se declaren atribuidas al monte las siguientes fincas, del término municipal de Rivas-Vaciamadrid, de cuya inscripción en el Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid existe constancia en el expediente.

A) Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid, término municipal de Rivas-Vaciamadrid, al folio 216 del tomo 1183, del libro 122, finca número 9006, inscripción primera de fecha 13 de septiembre de 1993, a favor de la Comunidad de Madrid, atribuida totalmente al monte.

B) Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid, término municipal de Rivas-Vaciamadrid, al folio 5 del tomo 1188, del libro 123, finca número 9013, inscripción primera de fecha 13 de septiembre de 1993, a favor de la Comunidad de Madrid, atribuida totalmente al monte.

C) Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid, término municipal de Rivas-Vaciamadrid, al folio 7 del tomo 1188, del libro 123, finca número 9014, inscripción primera de fecha 13 de septiembre de 1993, a favor de la Comunidad de Madrid, atribuida totalmente al monte.

Que se acuerde gestionar la cancelación total o parcial de cualquier inscripción registral en cuanto resultase contradictoria con la descripción del monte.

Tercero

Que se denieguen las reclamaciones formuladas en el período de vista del expediente de deslinde por doña Sira Abed Rego, Concejala-Delegada de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, declarándose agotada la vía administrativa y expedita la vía judicial civil, en base al informe de los Servicios Jurídicos en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, ya que las mismas “no se oponen al deslinde y son opiniones claramente subjetivas no respaldadas por ningún dato preciso”.

Cuarto

Que se lleven los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid.

Quinto

Que se lleven los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Registro de la Propiedad de Rivas-Vaciamadrid.

Sexto

Que, a la mayor brevedad posible, se proceda al amojonamiento de este monte, redactando y tramitando el correspondiente proyecto de amojonamiento.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, podrán impugnar la presente Orden, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, las personas afectadas que hayan intervenido como parte en el expediente de deslinde, si plantearan cuestiones de tramitación o de carácter administrativo; pero no podrá sustanciarse en dicha Jurisdicción ninguna relativa al dominio o posesión del monte o cualquiera otra de naturaleza civil.

Asimismo podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 29 de diciembre de 2009.

La Consejera de Medio Ambiente,
 Vivienda y Ordenación del Territorio,
 ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA

(03/2.148/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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