Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100202-0222

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.629 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Roberto Quesada López, don Arkadiusz Stanislaw Rudek, don Abdeslam El Amraqui, don Ahmed Khamlich, don Si Mohammed Khamlich y doña Raquel Mora Barrilero, contra la empresa “Instalaciones Inspada, Sociedad Limitada”, don José Luis Yus Respaldiza, don Rubén Pérez Gómez y don Jorge Bueno Palacio, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 490 de 2009

En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.—Doña María del Carmen Camargo Sánchez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos acumulados sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandantes, don Roberto Quesada López, don Arkadiusz Stanislaw Rudek, don Abdeslam El Amraqui, don Ahmed Khamlich, don Si Mohammed Khamlich y doña Raquel Mora Barrilero, que comparecen con asistencia de letrado don Juan Enrique Méndez García-Abad, y de otra, como demandados, “Instalaciones Inspada, Sociedad Limitada”, y sus administradores concursales, don José Luis Yus Respaldiza, don Rubén Pérez Gómez y don Jorge Bueno Palacio, que no comparecen pese a estar citados en forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimo las demandas de los actores don Roberto Quesada López, don Arkadiusz Stanislaw Rudek, don Abdeslam El Amraqui, don Ahmed Khamlich, don Si Mohammed Khamlich y doña Raquel Mora Barrilero, y declaro debidas las cantidades que a continuación se reflejarán. En consecuencia, condeno a los demandados “Instalaciones Inspada, Sociedad Limitada”, y sus administradores concursales, don José Luis Yus Respaldiza, don Rubén Pérez Gómez y don Jorge Bueno Palacio, a estar y pasar por la anterior declaración y a que abonen las siguientes cantidades que se consignan después de sus nombres: a don Roberto Quesada López, 2.310,31 euros; a don Arkadiusz Stanislaw Rudek, 2.241,44 euros; a don Abdeslam El Amraqui, 2.357,16 euros; a don Ahmed Khamlich, 4.585,83 euros; a don Si Mohammed Khamlich, 3.506,86 euros, y a doña Raquel Mora Barrilero, 4.385,84 euros.

Asimismo, declaro la mora de la demandada, y a las anteriores cantidades se le incrementará el 10 por 100 de interés moratorio anual desde la fecha en que debieron percibirse hasta su total pago.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado, en la sucursal de “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Inspada, Sociedad Limitada”, don José Luis Yus Respaldiza, don Rubén Pérez Gómez y don Jorge Bueno Palacio, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.061/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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