Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-02-2010

Sección 1.3.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100201-0032

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Empleo y Mujer

299 RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Empleo y Mujer para la tramitación de diversos procedimientos administrativos y se ordena la publicación de impresos normalizados.

El artículo 6 del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, atribuye a esta Dirección General la competencia para la tramitación y resolución de expedientes de regulación de empleo, recepción de las comunicaciones de huelga y cierres patronales convocados en la Comunidad de Madrid y seguimiento de los mismos, formalización del depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, la autorización para llevar a cabo la actividad de empresas de trabajo temporal, la ejecución de las competencias administrativas en materia de cooperativas y la conciliación entre empresas y trabajadores en todos los procedimientos de conflictos laborales antes de acudir a los Juzgados de lo Social cuando así sea demandado por los interesados; entre otros.

El artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, establece que, tras la entrada en vigor de este Decreto, podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.

El criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por resolución del órgano correspondiente los impresos normalizados de procedimientos administrativos, previo informe de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.

En virtud de la normativa citada y demás de pertinente aplicación, en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO

Primero

Habilitación del Registro Telemático
de la Consejería de Empleo y Mujer

Habilitar el Registro Telemático de la Consejería de Empleo y Mujer para la recepción por medios electrónicos de la solicitud de inicio, así como de documentos adjuntos a dicha solicitud y aportación de otros documentos durante la tramitación del expediente ­correspondiente a los siguientes procedimientos administrativos, así como su inclusión en la relación de la Consejería de Empleo y Mujer del Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre:

— Conciliación administrativa al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación previa a la vía judicial laboral.

— Comunicación de inicio y fin de huelgas a la autoridad laboral.

— Depósito de estatutos de asociaciones empresariales y organizaciones sindicales.

Habilitar, además, dicho Registro para la recepción por medios electrónicos de documentos adjuntos a la solicitud de inicio y aportación de otros documentos durante la tramitación del expediente de los siguientes procedimientos:

— Expedientes de regulación de empleo.

— Depósito de cuentas en el Registro de Cooperativas.

— Expedición de certificados, notas simples y fotocopias diligenciadas de sociedades cooperativas del Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.

— Reserva de denominación de Sociedades Cooperativas.

— Inscripción de constitución y otros acuerdos sociales en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.

— Autorización para la actividad de empresa de trabajo temporal.

En lo relativo a los procedimientos relacionados en este apartado, deberá entenderse modificado el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Empleo y Mujer, siendo de aplicación el siguiente:

“Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático:

Todos aquellos que en el momento de presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la página web, www.madrid.org”.

Segundo

Publicación de impresos

Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de los modelos de solicitud que se adjuntan como Anexos, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, correspondientes a los siguientes procedimientos:

— Solicitud individual de conciliación administrativa al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación previa a la vía judicial laboral.

— Comunicación de inicio y fin de huelgas a la autoridad laboral.

— Solicitud de depósito de estatutos de asociaciones empresariales y organizaciones sindicales.

— Solicitud de depósito de estatutos de federaciones y confederaciones de asociaciones empresariales u organizaciones sindicales.

— Solicitud de expediente de regulación de empleo.

— Solicitud de depósito de cuentas en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.

— Solicitud de notas simples, expedición de certificados y fotocopias diligenciadas de sociedades cooperativas en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.

— Solicitud de reserva de denominación de Sociedades Cooperativas al Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.

— Solicitud de inscripción de constitución y otros acuerdos sociales en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.

— Solicitud de autorización para la actividad de empresa de trabajo temporal.

Madrid, a 23 de diciembre de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

(03/1.970/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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