Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-01-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100127-0166

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 1
DE LEGANÉS

EDICTO

Doña Virginia Marta González Granado, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 166 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por mí, don Francisco Javier Peñas Gil, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Leganés, los presentes autos de juicio de faltas número 166 de 2009, seguidos por la presunta falta de hurto, en los que han sido parte: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y de otra, como implicados, doña Carmen Vázquez Bruno, en calidad de denunciado, así como don Héctor Navalón Jiménez, en calidad de denunciante, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia:

Debo condenar y condeno a doña Carmen Vázquez Bruno, como autora de una falta de hurto en grado de tentativa, a una pena de multa de cuarenta días, con una cuota diaria de 8 euros, lo que hace un total de 320 euros, que habrá de satisfacer personalmente en metálico y mediante ingreso en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, quedando sujeta, si no fuera satisfecha, y previa exacción de sus bienes, a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.

Se condena a doña Carmen Vázquez Bruno al pago de la cantidad de 16,18 euros a “Cecosa Hipermercados, Sociedad Limitada”, con la prevención de los intereses dispuestos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Asimismo, se condena doña Carmen Vázquez Bruno al pago de las costas generadoras en este procedimiento.

Esta sentencia no es firme, siendo recurrible en apelación en el plazo de cinco días desde su notificación conforme al artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así lo acuerda, manda y firma don Francisco Javier Peñas Gil, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Leganés, haciendo suya la propuesta de resolución de don Carlos Javier Albarrán Machín, juez en prácticas.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Carmen Vázquez Bruno, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 17 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/1.268/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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