Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100125-0128
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 77 DE MADRID EDICTO En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 1.286 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente: Fallo Estimando la demanda formulada por el procurador en nombre y representación de “Promociones y Construcciones PYC” (“Pry-consa, Sociedad Anónima”), contra don Benjamín Bailador Garrote y doña Leticia Bailador Colino, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento de 29 de enero de 2008 de la vivienda denominada tipo I-primero, número 7, del portal 1 y 2, finca registral número 64.800 del Registro de la Propiedad número 19 de Madrid, trastero número 2 del portal 1, participación indivisa de la finca registral número 64.332 y plaza de garaje número 159 del sótano 3, finca registral número 64.650 de la edificación denominada “Vallecas-III, de Madrid”, por falta de pago, determino haber lugar al desahucio de los demandados, condenando a estos a desalojar y dejar libre, vacuo, expedito y a disposición de la actora la vivienda, trastero y plaza de garaje objeto del procedimiento, con expresa imposición de costas. Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación escrita. Haciéndose saber a la demandada que para interponer el mencionado recurso deberá acreditar estar al corriente en el pago de las rentas a los efectos del artículo 449.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo. Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado don Benjamín Bailador Garrote, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Madrid, a 1 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado). (02/179/10) |